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AUDIENCIA DE HUESCA ABSUELVE A EX CLÉRIGO DE VIOLACIÓN DE MENOR

Actualizado: 15 dic 2023


El sacerdote secularizado, ex cura diocesano y ex miembro del Opus Dei, en su parroquia de San José de Monzón antes de que la curia decidiera enfrentarse a las casi tres décadas de abusos de este clérigo.


Para solicitar entrevista o más información, jacquespintor@gmail.com


Somos los primeros en presentar el comunicado oficial de la Audiencia de Huesca, en primicia, documento y transcripción, recibido hace minutos en nuestro buzón. También hemos sido los únicos en hablar de este caso desde 2019. La investigación relizada ha quedado plasmada en el libro enlazado más abajo, así como en los tres últimos artículos de nuestro compañero en España, Jordi Picazo, después del juicio al que asistió en Huesca, España, y antes del que entrevistó a Elcoso y al abogado defensor.

Buena lectura.

Jacques Pintor

Copyright @2023 JACQUES PINTOR Cualquier cita de este artículo debe hacer referencia directa a esta entrada, a este Blog y al autor Jacques Pintor. Para aportar información escribir a jacquespintor@gmail.com,Twitter @jacquesplease

Puedes leer como contexto: EL CASO AMADEO ELCOSO, POR JORDI PICAZO EN "ELNACIONAL.COM": El caso de Amadeo Elcoso: un estudio del clero en España (3)

Y también los dos anteriores:

EN ESTA ENTRADA
- Nota de Prensa del TSJ: La Audiencia de Huesca absuelve al sacerdote acusado de abusos sexuales a un menor de 16 años.
- Transcripción de la nota de Prensa: 
- ALGUNAS PRECISIONES DE REDACCIÓN DE JACQUESPINTOR A LA NOTA DE PRENSA.
- La sentencia completa original
LA NOTA DE PRENSA DEL TSJ DE ARAGÓN

(

TRANSCRIPCIÓN DE LA NOTA DE PRENSA

La Audiencia de Huesca absuelve al sacerdote acusado de abusos sexuales a un menor de 16 años

El Tribunal absuelve al sacerdote porque no se ha logrado demostrar la certeza de la acusación y por existir dudas razonables sobre su participación en los hechos denunciados. A la luz de la declaración del menor y de los testimonios de distintos testigos, los magistrados consideran que no existe en el relato una coherencia, con la fuerza suficiente, para que la declaración del menor sea prueba de cargo contra el sacerdote acusado de un delito continuado de agresión sexual.


Zaragoza, 31 de octubre de 2023


En su sentencia los magistrados entienden que “no ha quedado debidamente acreditada la intervención y participación del sacerdote en los hechos narrados y denunciados por los padres del menor”. No dudan de “que el menor ha sufrido algún acontecimiento o suceso que le ha generado todo los efectos y perjuicios apreciados por los profesionales que le han ido atendiendo a lo largo de estos años” sin embargo afirman “no nos queda acreditado que los hechos sucedieran tal cual los denunció y narró en el acto de la vista, fundamentalmente al ponerlos en relación con las declaraciones de los testigos (la catequista y la encargada del Hogar Madre Rafols) que negaron categóricamente que pudieran haber sucedido en esas circunstancias de tiempo y de lugar”. Abundan en esta cuestión añadiendo que la declaración del menor puede ser creíble pero no supera los

estándares de fiabilidad al no ser compatible con el resultado del resto de la totalidad de las pruebas presentadas en el juicio (FJ 3º, pag. 10).


Teniendo en cuenta los parámetros establecidos en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, apoyan su decisión –tal y como expresa el TS- en que “el riesgo se hace mayor si la víctima es precisamente quien inició el proceso, mediante la correspondiente denuncia o querella, haciéndose aún más acentuado si ejerce la acusación, pues en tal caso se constituye en

única prueba de la acusación al propio acusador. Basta con formular la acusación y sostenerla personalmente en el juicio, para desplazar aparentemente la carga de la prueba sobre el acusado, obligándole a ser él quien demuestre su inocencia, frente a una prueba de cargo integrada únicamente por la palabra de quien le acusa” (ST 172/2022, de 24 de

febrero de 2022).


Los padres del menor interpusieron una querella en 2019, cuando el perjudicado aún era menor de edad, por actos atentatorios contra su indemnidad sexual, calificados inicialmente como posible delito de agresión sexual a menor de 13 años. Según los denunciantes, los hechos habrían ocurrido durante los años 2010 y 2012 cuando el menor (nacido el 13 de

octubre de 2002) acudía a los cursos preparatorios para la primera comunión en el Hogar Madre Rafols, situado en los bajos de la Iglesia de San José de la localidad de Monzón, años en los que el sacerdote denunciado intervenía y participaba en la preparación de la catequesis de la primera comunión.


Contra esta sentencia cabe presentar recurso de apelación ante la Sala de lo

Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en los 10 días

siguientes a su notificación.


Seguiremos informando, con aportación de los documentos pertinentes dentro de la ley, incluyendo la sentencia.


ALGUNAS PRECISIONES DE REDACCIÓN DE JACQUESPINTOR A LA NOTA DE PRENSA.
Más adelante analizaremos la sentencia completa.
  1. Amadeo Elcoso está secularizado, perdió la condición de sacerdote por expediente regulador de El Vaticano poco después de los incidentes denunciados y que ocurrieron hace unos doce años, y que ahora se han juzgado. Las razones fueron: abusos sexuales y homosexualidad, entre otros. La expersión del comunicado "sacerdote" no es clara.

  2. Las citas en este texto del TSJ recogen exactamente la magnífica intervención de la defensa del abogado del denunciado de acuerdo con el derecho. Esa intervención espectacular dio origen a esta sentencia, que hasta ese momento se daba por condenatoria. Lo explica nuestro colega en el artículo enlazado más arriba, "Dar al diablo el benedicio de la ley". Aun así no es baladí recordar que es no culpable, no es una declaración de inocencia.

LA SENTENCIA COMPLETA
 

Puedes pedir el SEGUNDO volumen de la obra en este enlace.


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