La iglesia española, víctima de los desaguisados del promotor de obispos ocultadores de abusos (Juan Barros en Chile) y obispos presuntos pedófilos (Gustavo Zanchetta en Argentina)
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Germán Arana salía de los Juzgados de Madrid a las 10:45 de la mañana del 28 de octubre de 2020, tras la vista en la que se le cuestionó por la presunta autoría de la carta calumniosa e injuriosa contra obispos y sacerdotes. En esa trama, Arana era socio del cardenal Omella, como hemos venido informando en la más rigurosa exclusiva.
Buena lectura
Jacques Pintor
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EN ESTA ENTRADA
- La citación judicial
- Finalmente el Jesuita Germán Arana no se manifiesta sobre la autoría de la carta injuriosa
- Manifestación de Germán Arana en las Diligencias Preliminares. Escrito presentado el día anterior a la Vista, el 27 de octubre de 2020
- Las pretensiones del jesuita
- La ironía final de Arana: "Dale muchos recuerdos a Miguel Ángel Barco"
- Unas consideraciones sobre algunas CONSIDERACIONES
- Y ahora, lo que va a pasar...
La citación judicial - de 20 de setiembre de 2020 para el 28 de octubre de 2020
La carta ignominiosa en cuestión escrita por Germán Arana (testimonio del agente de Omella, el Rvdo. de Roberto Ferrer Sarroca) puede re leerse haciendo clic aquí.
Finalmente el Jesuita Germán Arana no se manifiesta sobre la autoría de la carta injuriosa
Arana se refugió durante esa vista de 28 de octubre de 2020 ante el Juez en el derecho a intimidad y a no hacer nada que pueda perjudicar al romano pontífice -de hecho Arana ha venido utilizado al Papa Francisco a su antojo, dejando a Su Santidad en ridículo en varias ocasiones frente al mundo, sintiéndose Francisco obligado a pedir perdón al mundo, incluso pidiendo a los periodistas de latinoamérica que le ayudásemos a ello, por los errores cometidos por haber seguido los consejos de Arana.
Parece que el Juez llamó la atención de Germán Arana sobre su silencio y porque en lugar de responder, respondiera por él su abogada. En resumen, el Juez le comentó a Germán Arana que le parecían estupendos los métodos vaticanos de preservar la información, pero que estamos en España y este asunto se rige por la justicia española. Y bajo la tutela de dicha justicia se desarrollará todo -añadía del juez.
La abogada de Germán Arana aparecería muy contenta según el parecer de algunos testigos, pues manifiestó ser de la opinión que este proceso no llegará a nada y que solamente se ha montado todo esto para hacer daño a su cliente Germán Arana, que es una excelente persona.
Presentó la abogada un escrito de tres folios con 7 consideraciones, [ver el escrito seguidamente de esta sección] plagado ese escrito de faltas de ortografía, de sintaxis y de coherencia narrativa desvinculado en gran medida del propósito de ese acto. En breve: "todo es secreto y que su cliente no diría nada". En la vista, la abogada De la Hoz se mostró muy insistente en contestar ella por el jesuita Arana, circunstancia sobre la que el Juez ya había manifestado su parecer viniendo a decir que si vamos a contestar con evasivas… El Juez añadió algún comentario que remachaba la idea que no, no; tiene que contestar el Sr. Arana, no su abogada.
A la primera pregunta de si el escrito era del jesuita Arana, Germán Arana no respondió. Por ello no tenía sentido hacerle otra pregunta. Germán Arana no podía, sin embargo, negar la autoría de la carta, ya que sus compinches los cardenales Omella y Stella se basaron en ese contenido para reducir al estado laical con falsedades al Rvdo. Barco -objeto de esta querella contra Arana por ataques a su honor- y para defenestrar al Obispo Manuel Ureña con un solo motivo real, a diferencia de las fantasías promovidas por los cardenales Omella y Stella y difndidas por la prensa: obedecer una orden directa del cardenal Stella, que instruyó al ex arzobispo Ureña que se pagara la cantidad establecida por la Iglesia al ex diácono.
Escrito presentado el día anterior a la Vista, el 27 de octubre de 2020
Unas consideraciones sobre algunas consideraciones
En la CONSIDERACIÓN TERCERA del escrito presentado ante el Juzgado 3 de Instrucción de Madrid por la abogada de Arana, la abogada del jesuita considera falaz la exhibición del documento (¿una exhibición puede ser falaz, falsa?) y lesiva a personas de iglesia, y añade Arana en primera persona en ese mismo escrito que a él le compete también defender la fama de las personas de la Iglesia. Es un planteamiento mental muy difícil de entender, cuando resultó que llamó el nombre del cerdo a todo bicho viviente, y ahora acusa a quien muestra su proceder en la carta de procurar una lesión al honor de aquellos al que el mismo denunciado mancilla.
En la QUINTA CONSIDERACIÓN Arana habla de la decisión de la Congregación del Clero de secularizar a Miguel Angel Barco, y alude al Concordato entre la Santa Sede y el Estado español para defender la postura de que el Estado no puede inmiscluirse en decisiones de los tribunales de la Santa Sede. Sin embargo, no se está juzgando en este procedimiento contra el jesuita Germán Arana, la secularización de Barco, sino las injurias y calumnias emitidas por Arana, y viendo si eso perjudicó a Barco de manera injusta como ciudadano español que es. Pues, se juzga el contexto de esas injurias y calumnias, no de unas pruebas en un juicio canónico.
Y nadie podría pensar que calumnias e injurias son tenidas en cuenta por un tribunal estatal (Vaticano) para condenar con falsas acusaciones a un súbdito (también es súbdito español). Y menos aun se esperaría del Vaticano, siendo un Estado teocrático y cristiano, dando de esa manera el poder a la mentira y la malicia, enemigo de la Cabeza de la Santa sede, Jesús el Cristo.
Puede, además, parecer que Germán Arana intenta secuestrar la autoridad del Papa Francisco, presumiendo que el romano pontífice le apoyará en todo lo que Arana haga, ya que Arana es ajeno a esos tribunales de la Iglesia Católica y no tiene encargo alguno que le autorice a quedar integrado en ese ordenamiento jurídico canónico al que hace alusión.
Para muchos aquí queda clara la admisión de Arana sobre su autoría de la carta.
Cabe llamar la atención finalmente sobre la SÉPTIMA CONSIDERACIÓN en la que Arana habla de un juicio canónico al que fue sometido el Rvdo. Barco:
El caso en cambio es que Barco no fue sometido a ningún juicio canónico ni de ningún otro tipo. A Miguel Ángel Barco le fueron leídas por el cardenal Omella unas acusaciones sin nombrarse nunca al acusador, ni hacérsele entrega de tales acusaciones. Tales acusaciones contradecían una prueba pericial oficial de ADN presentada por Barco para desmentir su presunta paternidad.
El cardenal Omella, facilitador de ese proceso acusatorio contra Barco para ganarse los favores del Vaticano, había incluso dicho que por tener hijos no se seculariza a un cura. Hemos ofrecido en nuestra investigación el audio de esa conversación entre el abogado de Barco y el mismo cardenal, obtenida or el mismo Dr. Vladimir Lamsdorff, abogado, y ofrecida a la juez española en el procedimiento contra el cardenal Omella.
La prueba no fue ni reconocida ni peritada or el Vaticano, porque la sentencia ya estaba dictada de antemano. Condenaron a Barco por una cosa por la que no se condena a un cura a la secularización, y como si no hubiera aportado prueba contra ella. Nunca se sometió a Barco a un juicio sino que se le condenó a una pena perpetua con un expediente administrativo, como comentan algunos expertos en Derecho Canónico. La acusación sobre tal paternidad, falsa, habría además prescrito en el derecho canónico ya en el momento en que fue formulada. Se basaba en unas supuestas denuncias que hubieran prescrito, pero que no existieron nunca, como certificaron las diócesis en las que trabajó el sacerdote, a petición de él mismo, petición aceptada y requerida por el juez a las Diócesis de Zaragoza y de Alcalá de Henares en España. Ambas administraciones eclesiásticas remitieron a los Juzgados la respuesta en carta oficial certificada con el sello de la Diócesis documentos certificando que nunca había habido minguna denuncia contra el sacerdote Barco en esas diócesis y por ninguna causa.
La condena precedió al expediente y anularía la posibilidad de contemplar pruebas contra ella.
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Respecto a la PRIMERA CONSIDERACIÓN, parece que en este pontificado se haya rebocado la Vicaría de Cristo que recae sobre el Romano Pontífice. El Papa Francisco ya no sería el Vicario de Cristo para el equipo que gobierna actualmente el Estado Vaticano, cabría preguntarse si Arana sigue debiendo la misma fidelidad al obispo de Roma que pregona que debe al Sumo Pontífice.
Así, en el Anuario Pontificio del 2020 y por primera vez en la Historia, el título de Vicario de Cristo ha sido relegado tras la línea de títulos antiguos, históricos, y solo figura en su lugar el que antes era segundo, el de Obispo de Roma, lo que para algún cardenal, representa una "barbarie teológica".
Como explica La Nuova Bussola, un portal de Internet católico de Italia, y traducimos:
Desde el comienzo del actual pontificado, esta no es la primera novedad del Anuario Pontificio: ya en la edición de 2013, el nombre pontificio y el título "Obispo de Roma" fueron "separados" de la corta biografía y de los demás títulos que le corresponden, impresos en una segunda página.
Hasta la última edición, la segunda página se abría con el título de "Vicario de Jesucristo" en un tipo de letra grande seguido de todos los demás; la última, en cambio, muestra un cambio de diseño que incluso visualmente altera la redacción, apareciendo el Título de Vicario de Cristo ahora como de una importancia equiparable a "Sucesor del Príncipe de los Apóstoles", "Supremo Pontífice de la Iglesia Universal", "Primado de Italia", "Arzobispo y Metropolitano de la Provincia Romana", "Soberano del Estado de la Ciudad del Vaticano" y "Siervo de los Siervos de Dios".
El director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, Matteo Bruni, explicó al periodista Gianni Cardinale que la adición "los títulos históricos tienen la intención de indicar el vínculo con la historia del papado". En base a esta explicación, según el vaticanista de "Avvenire", "los títulos tradicionales atribuidos al Pontífice no están 'historizados', sino que mantienen su relevancia intacta; de lo contrario habrían sido cancelados".
En cambio, para el cardenal Müller, Prefecto emérito de la Congregación de la Doctrina de la Fe, Según Müller "Una mirada a los textos del Vaticano II sobre la enseñanza católica vinculante del Papa como Pastor Supremo de la Iglesia habría salvado a los editores del Anuario Pontificio 2020 de la vergüenza de devaluar elementos esenciales de la enseñanza de la primacía episcopal como simple accesorio histórico". Sería "una barbaridad teológica rechazar los títulos del Papa 'sucesor de Pedro, representante de Cristo y cabeza visible de toda la Iglesia' como un simple antecedente histórico" porque "aunque han crecido históricamente" ponen de manifiesto "elementos esenciales de la enseñanza católica sobre la Primacía, que se remonta a la institución de Cristo y por lo tanto divina y no sólo humana - eclesiástica".
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Las pretensiones del jesuita
El religioso jesuita engañó también al Juez en la vista previa de 28 de octubre de 2020. Hizo pasar el religioso en esa vista su intromisión en los asuntos del arzobispado de Zaragoza como misión encargada por el Papa Francisco. Pretendió además que la carta por la que se le juzga, que circulaba torpemente por Internet puesto que él mismo la había mandado por ese medio a sus colaboradores Amador y Ferrer, fue robada de los archivos del arzobispado.
EN RESUMEN, PRETENDÍA ARANA EN ESA VISTA:
El jesuita Arana pretende que su complot contra el anterior arzobispo Don Manuel Ureña tiene la categoría de Sagrada Misión, parece admitir explícitamente en su propia contestación al Juez que el Papa Francisco ordenó el espionaje en el arzobispado de Zaragoza; pretende ante el Juez que su carta contra el arzobispo de Zaragoza mandada al Vaticano pertenece al arzobispo mismo expulsado y a sus archivos episcopales, contra el que Arana mismo conspiraba, y que fue robada.
La ironía final de Arana: "Dale muchos recuerdos a Miguel Ángel Barco"
"Dale muchos recuerdos a Miguel Ángel Barco". Este fue el comentario de Arana tras la vista, perfectamente audible; y pudo oírse también de boca del procurador de Barco que no podría darle esos recuerdos porque no le conocía ni coincidiría con él. Ironía, decimos porque Arana nunca ha conocido a Barco ni se había encontrado con él personalmente.
Nótese adicionalmente que Arana llama la atención al Juez sobre la conveniencia de acusar de injurias al periodista que difundió su carta, “la” carta, por ser esta difamatoria contra la persona del que ahora se queja ante el juez del contenido de esa carta, Miguel Ángel Barco, amén de contra otras personas. Desconcertante ese planteamiento.
El hecho de no admitir la autoría de la carta en ese momento, y el conjunto de razones que da para ello Germán Arana, es explícita e inequívocamente lo mismo que admitir que él escribió esa carta. Mentir le costaría más caro que esta pérdida de tiempo, pero negar la autoría si no la ha escrito él, es muy fácil y no está penado por ningún código civil ni penal.
Sin embargo, en el juicio iniciado el 3 de julio de 2023, y que tiene su continuación el 29 de septiembre de 2023 el juez da la autoría por admitida plemanente, como consta en el acta en vídeo.
Y ahora, lo que va a pasar...
Las acusaciones que pesan sobre él y su institución pueden tener profundas repercusiones en la estructura y la política de la Iglesia en España, con ondas que se sentirán más allá de sus fronteras.
Las últimas noticias las publica nuestro compañero Jordi Picazo en "El Nacional de Venezuela" en septiembre de 2023, y pueden leerse siguiendo este enlace, aquí.
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